3 febrero, 2026 1:57 pm
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Sin efecto queja presentada por MC: Tribunal Electoral del Estado de Yucatán

>>> “Movimiento Ciudadano” presentó una denuncia ante el IEPAC, pero determino desecharla, por lo que, fue promovida para que fuera revisada por el TEEY, pero confirmó infundada lo presentado.

MÉRIDA, YUCATÁN, 08/01/2024. —Durante una sesión del pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), emitió una sentencia, tras un recurso promovido por Movimiento Ciudadano (MC), contra Leonel Alberto Can Euán, quien es simpatizante de Morena en el municipio de Umán, señalado de presuntos anticipado de precampaña y campaña electoral.

Sin embargo, de acuerdo con el Procedimiento Especial Sancionador, en expediente RRV-PES-001/2023 y que fue promovido por “movimiento naranja”, por medio de cuál confirmó un acuerdo de desechamiento de queja dictado por la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPAC).

Es decir, MC, presentó la impugnación al considerar que hubo falta de diligencia y exhaustividad en la investigación por parte del IEPAC, relativa a la queja presentada por supuestos actos anticipados de precampaña o de campaña por parte de Can Euán.

Al explicar la sentencia, el magistrado Fernando Bolio Vales, indicó que se confirma el acuerdo controvertido emitido en el expediente UTCE/SE/ES/005/2023, al resultar infundados e inoperantes los agravios.

“Nos encontramos ante la presencia de actos futuros inciertos, respecto de los cuales no existe una certeza clara y fundada de su realización, por lo que se traducen en actos que no producen efecto alguno de derecho, y menos aún agravio en la esfera jurídica de las personas al carecer de existencia material”, dijo el magistrado durante la sesión.  

Se explicó el IEPAC, fundó su decisión de desechar la queja de MC, debido a razonando que los actos imputados al denunciado no constituyen de manera evidente una violación a la ley electoral, ya que, de la investigación realizada, no se acredita de manera clara, manifiesta, notoria e indubitable la ejecución anticipada de actos de precampaña o campaña.

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