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Diputada Karla Salazar, pretende sancionar a personas que descuiden o den trato negligente a niños y adolescente

A.R.

MÉRIDA, YUCATÁN, 12/10/2023. —La diputada Karla Salazar González, presentó una iniciativa en la sesión del pleno, en el Congreso de Yucatán, que adiciona al artículo 352 del Código Penal ampliar la protección de las infancias, sancionando el descuido o trato negligente contra ellas.

 “Esto es correspondiente al delito de abandono de personas, las situaciones de descuido y trato negligente en contra de niñas, niños y adolescentes, a efecto de que dichas omisiones, que ponen en peligro el bienestar de niñas y niños, sean consideradas y sancionadas en consecuencia; lo anterior, tomando en cuenta que merecen el más alto nivel de bienestar posible”, dijo.

Como parte de sus argumentos, explicó que los menores de edad, son un grupo que se encuentra en condición de vulnerabilidad y que requiere de toda la protección por parte del Estado, la familia y la sociedad a efecto de garantizar su sustento y seguridad.

“Tristemente, día con día, miles de niñas, niños y adolescentes alrededor del mundo sufren violaciones a sus derechos humanos, sufren violencia, abandono, no tienen acceso a la salud, a la educación y en general, a condiciones de vida digna que permitan su pleno desarrollo”, dijo la diputada.

Salar González, explicó que la Organización Panamericana de la Salud, a nivel mundial, 1 de cada 2 niños de entre 2 y 17 años sufre algún tipo de violencia cada año, es decir el 50% de la población infantil, no vive una infancia segura y feliz: “y a pesar de que la violencia física, es la forma más visible de maltrato contra niñas, niños y adolescentes, es preciso recordar que hay una forma de maltrato, que aunque no es igual de visible como lo puede ser un moretón o un golpe, es igual de lacerante para sus derechos, estoy hablando del descuido o trato negligente”.

“El descuido o negligencia infantil es una forma de maltrato que ocurre cuando no se le proporcionan los cuidados necesarios a una niña, niño o adolescente. Se produce descuido infantil cuando no se satisfacen las necesidades básicas como salud, su alimentación, ropa, vivienda, educación adecuada y orientación. Se incluye el abandono o la falta de supervisión”, dijo la legisladora.

La diputada detalló que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Yucatán (PRODENNAY), ha señalado que tan solo en el período comprendido del año 2020 al 2022, ha recibido más de 500 reportes de casos de niños y adolescentes en situaciones de descuido o trato negligente.

Asimismo, la PRODENNAY ha señalado que en el mismo período, un total de 191 niños y adolescentes han sido separados de sus familiares por situaciones de descuido o trato negligente que han puesto en riesgo su integridad física, psicológica, emocional y de salud e ingresados a un Centro de Asistencia Social como medida de protección urgente.

“Es por eso compañeras y compañeros, que me permito proponer que se adicione al art. 352 del Código Penal del Estado de Yucatán, lo siguiente”

“Que el Artículo 352-TER “Se equipara al abandono de personas, y se sanciona de uno a cuatro años de prisión, a quien, por descuido o trato negligente, no proporcione los cuidados necesarios y elementos para la sobrevivencia y desarrollo de la niña, niños y adolescentes, teniendo los medios, el conocimiento y el acceso a los servicios necesarios para ello. Si el imputado fuese ascendiente o tutor del ofendido, además, se le privará de la patria potestad o de la tutela”, finalizó la diputada.

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