Mérida, Yucatán, 28/01/2021.- Debido al aumento en distintos indicadores del semáforo estatal de salud, para continuar protegiendo la salud de los yucatecos y seguir con la reactivación económica segura, la Secretaría de Salud de Yucatán (SSY) anunció más a las medidas restrictivas de movilidad en la entidad.
En un comunicado de prensa de la SSY, informó que para evitar movilidad social innecesaria, por lo que a partir del viernes 29 de enero, se aplicarán multas y, de acuerdo a la gravedad, se podría llegar a la retención de la licencia del conductor o el vehículo, de quienes transiten después de las 11:30 de la noche.
El horario de restricción vehicular a las 11:30 de la noche se estableció desde el mes de septiembre del año pasado, sin embargo, a consecuencia del considerable aumento de la movilidad social innecesaria de las últimas semanas, se aplicarán multas para reforzar el cumplimiento de esta medida por parte de la población, a fin de contribuir a reducir los riesgos de contagio y para proteger la salud de todos.
De igual forma, la SSY en coordinación con el Ayuntamiento de Progreso, informó que, con motivo de las fiestas carnestolendas, las cuales no se realizarán este año, en el municipio costero para evitar aglomeraciones y procurar la salud de la población, a partir del 4 hasta el 17 febrero se cerrará.
El cierre será para la circulación vehicular como peatonal, el acceso a las playas y a los Malecones Tradicional e Internacional de Progreso. No obstante, los restaurantes que se encuentra en el boulevard continuarán operando como lo han venido haciendo hasta ahora, cumpliendo con los protocolos y medidas sanitarias.
Con base en el decreto 344/2012 publicado en el Diario Oficial del Estado (DOE), se modifica el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad para considerar, ante la situación de emergencia sanitaria, como infracción grave el tránsito vehicular después de las 11:30 de la noche, por lo que será sancionada con multa que va de 44 a 56 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que al día de hoy tiene un valor 89.62 pesos.
Es decir, entre 3,943 y hasta 5, 000 pesos y, de acuerdo con la gravedad, se podría llegar a la retención de la licencia del conductor o el vehículo.
La SSY determinó que los recursos monetarios que se recauden por las multas mencionadas se destinarán a la adquisición de equipo de protección para nuestros doctores, enfermeras y demás trabajadores de la salud que laboran en el área Covid.
Es importante recordar que dicha restricción no aplicará para los vehículos que trasladen a pacientes que requieran atención médica de urgencia, así como aquellos que se utilicen para la adquisición de medicinas. También donde se traslade personal de salud debidamente identificado en cualquiera de sus especialidades: paramédica, administrativa o de apoyo.
La restricción tampoco aplica para vehículos en el cual se traslade al personal de las instituciones de procuración o administración de justicia debidamente identificado, los dedicados a la prestación del servicio de entrega de medicinas a domicilio, los dedicados a la prestación de servicios funerarios, servicio de transporte de carga para el suministro de las actividades esenciales diferentes a tiendas de autoservicio, cuyo suministro deberá efectuarse dentro del horario comprendido.